2 Marco Contextual.
En la primera parte tratare de explicar que es un despacho aduanero, quienes son los encargados del despacho aduanero, posteriormente explicare como funciona un despacho aduanero, como esta conformado y cuales son las modalidades con las que funciona, y para finalizar explicare los documentos t tramites que son necesarios para un proceso de importación en un despacho aduanero.
Marco Teórico.
2.1 Las aduanas.
2.1.1 Definición.
2.1.2 Tipos de Despacho Aduanero.
2.1.3 Funciones de un Despacho Aduanero.
2.1.4 Personal en un Despacho Aduanero.
2.1.5 Localización estratégica de los Despacho Aduaneros.
2.2 Funcionamiento del Despacho Aduanero.
2.2.1 Características de un Despacho Aduanero.
2.2.2 Modalidades de un Despacho Aduanero.
2.3 Tramites de un Despacho Aduanero.
2.3.1 Documentos necesarios para la importación.
2.3.2 Problemas y Retrasos en el tramite de importación.
Desarrollo
2.1 Las Aduanas
2.1.1 Definición
"Una aduana es una oficina pública o institución fiscal establecida generalmente en costas y fronteras con el fin de registrar el tráfico internacional de mercancías que se importan o exportan en y desde un país concreto y cobrar los impuestos que adeudan." (Díaz, 2002, p113)
"Conjunto de actos y formalidades relativos a la entrada de mercancías al territorio nacional y a sus salida del mismo, que de acuerdo con los diferentes tráficos y regímenes aduaneros, deben realizar en la aduana las autoridades aduaneras y los consignatarios, destinatarios, propietarios, poseedores o tenedores en las importaciones y los remitentes en las exportaciones así como los agentes o apoderados aduanales." (http://intronorma.blogspot.mx/2011/03/definicion-de-despacho-aduanero-sat.html, recuperado 20/04/13 parrafo 1)
Parafraseando a Cabello (2009): La aduana es un control de cada país del mundo para controlar el ingreso de cosas, productos, personas, y es una manera de cobrar o gravar a lo que entra y sale de ese país y para tener un control de todo. (p18)
2.1.2 Tipos de Despacho Aduanero.
Estas modalidades de despacho constituyen tres opciones sujetas a libre elección del importador o declarante con el propósito de agilizar el procedimiento de desaduanaje de su mercancía; lo cual permitirá que se vuelva más competitivo gracias a las siguientes medidas de facilitación del comercio exterior:
A. Despacho Anticipado: El despacho anticipado permite la numeración de la declaración antes de la llegada de las mercancías, motivo por el cual no procede efectuar esta modalidad cuando el medio de transporte haya arribado al lugar de ingreso al país. La razón fundamental para condicionar esta modalidad de despacho se sustenta en que se requiere adelantar los trámites aduaneros de la importación para efecto de que las mercancías puedan ser trasladadas al almacén del dueño o consignatario, antes del levante, previo pago u otorgamiento de la garantía por la deuda tributaria aduanera así como los derechos antidumping, derechos compensatorios y percepción del Impuesto General a las Ventas, cuando corresponda.
B. Despacho Urgente: Para esta modalidad de despacho aduanero que tiene como elemento característico la determinación del tipo de mercancía que puede gozar de estas facilidades, resulta oportuno precisar que se consideran como despachos urgentes a los envíos de urgencia y los envíos de socorro.
C. Despacho Excepcional: Esta última modalidad de despacho permite solicitar la destinación aduanera hasta el plazo máximo de treinta (30) días calendarios posteriores a la fecha del término de la descarga. Advierte la legislación aduanera que transcurrido este plazo la mercancía sólo podrá ser sometida al régimen de importación para el consumo.
También debemos mencionar que a partir de su vigencia, esta modalidad de despacho traerá consigo también la posibilidad de que la mercancía incurra en abandono legal al vencimiento de los 30 días calendarios posteriores a la descarga, en el supuesto que no haya sido sometida a ninguna destinación aduanera.
"Finalmente, como su propio nombre lo indica esta modalidad de despacho es una excepción a la regla, y por lo tanto con su aplicación quedará superada aquella práctica de larga data que nos acostumbró a considerar como despacho normal a la destinación aduanera solicitada después del ingreso de la mercancía a zona primaria." (Abajo,Onton, Reyes, 2000, p56)
2.1.3 Funciones de un Despacho Aduanero.
A) ELABORACIÓN DEL PEDIMENTO
El pedimento es un documento fiscal elaborado en un formato aprobado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, dicho formato es dinámico, conformado por bloques en los cuales los importadores, exportadores y agente o apoderado aduanal, deberán únicamente imprimir los bloques correspondientes a la información que deba ser declarada como: la cantidad y tipo de mercancía, los datos que permitan la identificación de la mercancía, el origen, valor y base gravable, además el cumplimiento de regulaciones y restricciones no arancelarias, la aduana o sección aduanera de ingreso y la de despacho, el tipo de operación, el régimen aduanero, entre otros datos y documentos que deben de anexarse al citado pedimento.
B) CLASIFICACION ARANCELARIA
Los encargados de realizar la clasificación son los agentes y apoderados aduanales, para ello el importador debe de proporcionarle la información necesaria sobre la identificación y cualidades de la mercancía para que estén en posibilidad de realizar una correcta clasificación, ya que de ello depende el pago del arancel y el cumplimiento de regulaciones y restricciones no arancelarias.
"La clasificación arancelaria consiste en la ubicación de una determinada mercancía en la fracción que le corresponde dentro de la Tarifa de los Impuestos Generales de Importación y Exportación y, se realiza aplicando las Notas Explicativas de la referida tarifa, así como de diversos criterios que existen sobre clasificación." (Silva, 2011, p62)
"Este formato es presentado ante la aduana por conducto de agente o apoderado aduanal quienes actúan como consignatarios o mandatarios de los importadores y exportadores y es un documento aduanero de suma importancia en materia de comercio exterior, con el que se ampara la legal estancia y tenencia de las mercancías de procedencia extranjera en el país." (Ibídem, p65)
C) PAGO DE CONTRIBUCIONES
De acuerdo al artículo 53 de la Ley Aduanera los agentes, sus mandatarios autorizados y los apoderados aduanales son responsables solidarios del pago de impuestos al comercio exterior y demás conceptos que se originen con motivo de las importaciones en cuyo despacho aduanero intervengan. Las contribuciones se determinan de acuerdo a la base gravable.
D) DETERMINACION DE REGIMENES ADUANEROS
Las mercancías que se introduzcan al territorio nacional, podrán ser destinadas a alguno de los regímenes aduaneros siguientes:
A. Importación definitiva.
B. Importación temporal: a) Para retornar al extranjero en el mismo estado. b) Para elaboración, transformación o reparación en programas de maquila o de exportación.
C. Depósito Fiscal.
D. Tránsito de mercancías. a) Interno. b) Internacional.
E. Elaboración, transformación o reparación en recinto fiscalizado.
2.1.4 Personal en un Despacho Aduanero.
Únicamente los agentes aduanales que actúen como consignatarios o mandatarios de un determinado importador o exportador, así como los apoderados aduanales, podrán llear a cabo los trámites relacionados con el despacho de las mercancías de dicho importador o exportador.
Asimismo, los agentes y apoderados aduanales serán responsables legales de los importadores y exportadores, tratándose de las actuaciones que se celebren dentro del recinto fiscal y tratándose de las notificaciones, que en ambos casos deriven del despacho aduanero, así como cuando se trate del acta o escrito a que se refieren los artículos 150 y 152 de la Ley Aduanera.
"Valdivia (1981) Señalaba que agente aduanal es responsable de la veracidad y exactitud de los datos e información suministrados, de la determinación del régimen aduanero de las mercancías y de su correcta clasificación arancelaria." (Bonifaz, 1991, p154)
2.1.5 Localización estratégica de los Despacho Aduaneros.
Las aduanas mexicanas se encuentran ubicadas en la frontera norte con Estados Unidos, en la frontera sur con Guatemala y Belice, y en puntos estratégicos como puertos marítimos en las costas del Pacífico y Golfo de México , así como puntos interiores dentro de la República.
México cuenta con 49 aduanas ubicadas de la siguiente forma:
19 en la frontera norte
2 en la frontera sur
17 marítimas
11 interiores
Las aduanas fronterizas
En 19 aduanas en la frontera norte y 2 en la frontera sur, el 23% del producto interno bruto nacional se concentra en una extensión de 3 mil 152 kilómetros delimitada por seis estados del país. En ellas se atienden importaciones y exportaciones de todo tipo, definitivas y temporales; se verifica la documentación que ampara la mercancía a fin de detectar importaciones irregulares que se puedan dar mediante las modalidades del contrabando técnico o documentado. Asimismo, se agiliza y simplifica el despacho de mercancías para evitar los cuellos de botella que puedan repercutir en costos y tiempo.
Las aduanas marítimas
Este tipo de aduanas, tras la apertura comercial con la Unión Europea, China y Japón, cobran cada día más fuerza y representan 8.63% del total del movimiento de comercio exterior. Con ocho puertos en el litoral del Océano Pacífico y nueve en el del Atlántico y la posibilidad de comunicar ambos océanos por el Istmo de Tehuantepec, México ofrece al mundo un extenso territorio de recepción para el comercio internacional. La jurisdicción de las aduanas marítimas abarca las playas y la Zona Federal Marítima Terrestre, las aguas interiores, el mar territorial y la zona económica exclusiva situada frente al litoral, incluyendo las islas.
Las aduanas interiores
Éstas se encuentran cerca de los centros de producción y distribución; son aquellas que, por la cantidad de operaciones de comercio exterior y para facilitar el cumplimiento de las disposiciones en materia aduanera, se crean para llevar a cabo el despacho aduanero. Estas aduanas, junto con las aduanas aeroportuarias, complementan las labores de control de las aduanas fronterizas y marítimas.
"La Administración General de Aduanas es la autoridad encargada de vigilar, controlar y fiscalizar la entrada y salida de mercancías, así como de los medios que las transportan. Cuando usted arriba al aeropuerto, está obligado a declarar en la Aduana si trae mercancía distinta de su equipaje, dinero, animales y medicamentos." (Abajo y Otros, 2000, p157)
Referencias
Autor: Díaz, Nombre: Semáforo Aduanal, Ed: Universidad de Asuntos Internacionales, Año: 2002, País: México.
Buscador: Google, Palabra clave: Aduana, Liga: http://intronorma.blogspot.mx/2011/03/definicion-de-despacho-aduanero-sat.html, Párrafo: 1, Publicación: 07/03/2011
Autor: Cabello, Nombre: Las aduanas y el comercio Intencional, Ed:
ESIC, Año: 2009, País: España.
Autores: Abajo, Onton, Reyes, Nombre: Despacho Aduanero, Ed: Confemetal, Año: 2000, País: México.
Autor: Silva, Nombre Esquema del Procedimiento Aduanero, Ed: Montalvo, Año: 2011, País: México.
Autor: Bonifaz, Nombre: Derecho Fiscal, Ed: Instituto de Investigaciones Juridica, Año 1991, País: México.